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Consulado de Colombia en Manila

Requisitos para declaración de estado civil en italiano: Nulla Osta para Matrimonio y Registro Civil de Matrimonio en Consulado en Milán

Declaración de estado civil, en italiano: Nulla Osta para Matrimonio

  1. Copia Auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedido con antelación máxima de 3 meses con la siguiente anotación: “válido para contraer matrimonio”. (Este documento lo debe solicitar en la Notaria, Registraduría, Inspección o Alcaldía en Colombia donde fue registrado su nacimiento o en el Consulado si fue registrado en el Exterior).
  2. Este trámite NO requiere cita, preséntese en el Consulado de lunes a viernes de 9 am a 1 pm con 24 euros en efectivo.
  3. Cédula de ciudadanía original.
  4. Pasaporte válido.
  5. Documento de identidad original del futuro cónyuge.

 

  • Este trámite NO requiere cita, preséntese en el Consulado de lunes a viernes de 9 am a 1 pm con 25 euros en efectivo.
  • En caso en que el solicitante sea separado, divorciado o viudo, dichas anotaciones deben estar en el Registro Civil de Nacimiento.
  • Una vez tramitado el Nulla Osta para Matrimonio, debe legalizar la firma del Cónsul o Vicecónsul en la Prefettura de la ciudad donde contraerá matrimonio.
  • Si el tramite lo realiza por poder, el apoderado debe presentar autorización firmada delante de notario o cónsul, fotocopia autenticada del cédula de ciudadanía y pasaporte del interesado más su propio documento de identidad en original.

 

Registro Civil de Matrimonio

  1. Atto Integrale di Matrimonio expedido por el Comune donde se llevó a cabo el matrimonio, apostillado en la Prefectura donde se expidió el documento.
  2. Traducción oficial y apostillada en la Procura del Atto Integrale di Matrimonio (la lista de traductores oficiales se encuentra en el Tribunal de su ciudad).
  3. Copia del Registro de Nacimiento del contrayente colombiano.
  4. Documento de identificación de cada uno de los contrayentes.

 

  • Si es ciudadano colombiano, debe presentar Cédula de Ciudadanía, si es extranjero, Documento de Identidad o Pasaporte vigente.
  • En caso de Capitulaciones - Separación de Bienes o Providencias, debe aportar copia de las mismas y enviar un correo a cmilan@cancilleria.gov.co informando el nombre de la CIUDAD donde fueron hechas, en caso de ser en el exterior.
  • Los documentos que hayan sido expedidos por otro Estado, y que se encuentren en idioma diferente al castellano, deberán ser traducidos por un traductor autorizado, y apostillados y/o legalizados según el caso.
  • Este trámite requiere cita, solicítela en nuestra pág. en el enlace PROGRAME SU CITA https://tramites.cancilleria.gov.co/Ciudadano/inicio.aspx en la opción Documentos de Identidad y Registros.
  • No tiene costo
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