Requisitos para declaración de estado civil en italiano: Nulla Osta para Matrimonio y Registro Civil de Matrimonio en Consulado en Milán
Declaración de estado civil, en italiano: Nulla Osta para Matrimonio
- Copia Auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedido con antelación máxima de 3 meses con la siguiente anotación: “válido para contraer matrimonio”. (Este documento lo debe solicitar en la Notaria, Registraduría, Inspección o Alcaldía en Colombia donde fue registrado su nacimiento o en el Consulado si fue registrado en el Exterior).
- Este trámite NO requiere cita, preséntese en el Consulado de lunes a viernes de 9 am a 1 pm con 24 euros en efectivo.
- Cédula de ciudadanía original.
- Pasaporte válido.
- Documento de identidad original del futuro cónyuge.
- Este trámite NO requiere cita, preséntese en el Consulado de lunes a viernes de 9 am a 1 pm con 25 euros en efectivo.
- En caso en que el solicitante sea separado, divorciado o viudo, dichas anotaciones deben estar en el Registro Civil de Nacimiento.
- Una vez tramitado el Nulla Osta para Matrimonio, debe legalizar la firma del Cónsul o Vicecónsul en la Prefettura de la ciudad donde contraerá matrimonio.
- Si el tramite lo realiza por poder, el apoderado debe presentar autorización firmada delante de notario o cónsul, fotocopia autenticada del cédula de ciudadanía y pasaporte del interesado más su propio documento de identidad en original.
Registro Civil de Matrimonio
- Atto Integrale di Matrimonio expedido por el Comune donde se llevó a cabo el matrimonio, apostillado en la Prefectura donde se expidió el documento.
- Traducción oficial y apostillada en la Procura del Atto Integrale di Matrimonio (la lista de traductores oficiales se encuentra en el Tribunal de su ciudad).
- Copia del Registro de Nacimiento del contrayente colombiano.
- Documento de identificación de cada uno de los contrayentes.
- Si es ciudadano colombiano, debe presentar Cédula de Ciudadanía, si es extranjero, Documento de Identidad o Pasaporte vigente.
- En caso de Capitulaciones - Separación de Bienes o Providencias, debe aportar copia de las mismas y enviar un correo a cmilan@cancilleria.gov.co informando el nombre de la CIUDAD donde fueron hechas, en caso de ser en el exterior.
- Los documentos que hayan sido expedidos por otro Estado, y que se encuentren en idioma diferente al castellano, deberán ser traducidos por un traductor autorizado, y apostillados y/o legalizados según el caso.
- Este trámite requiere cita, solicítela en nuestra pág. en el enlace PROGRAME SU CITA https://tramites.cancilleria.gov.co/Ciudadano/inicio.aspx en la opción Documentos de Identidad y Registros.
- No tiene costo